24 Faq

1-¿Qué debo hacer tras sufrir un accidente de tráfico?
  • Asegúrese de que el parte amistoso quede correctamente cumplimentado reconociendo la culpa la parte contraria
  • Avise a la Policía o Guardia Civil si se diera a la fuga o se negara a firmar el parte
  • Recabe cuantos datos pueda de testigos, haga fotografías del lugar de los hechos
  • Acuda a los servicios de urgencias cuanto antes y recuerde pedir un informe completo de las lesiones sufridas
  • Recuerde dar parte a su compañía aseguradora

Nuestro consejo es que no acepte la primera propuesta de indemnización. Consulte con nuestros abogados antes de aceptar.

2–¿Qué debo hacer si he resultado herido en un accidente?

Si ha resultado herido en el accidente, debe acudir al centro hospitalario más próximo para ser atendido de  las lesiones producidas. Le recomendamos que conserve toda la documentación médica facilitada en el Hospital o cualquier otro Centro Médico, para remitirla a la Compañía Aseguradora.

3-¿Quién paga los gastos médicos derivados de un accidente de tráfico?

Todos los gastos médicos que Usted haya abonado tras las lesiones sufridas en el accidente, deben ser desembolsados por la compañía aseguradora del vehículo causante del mismo. Nosotros nos encargamos de reclamarlos a la Aseguradora para que Usted no tenga que adelantar dichas cantidades. Disponemos de clínicas asociadas de altísimo nivel en las que encontrará todos los tratamientos necesarios.

4- ¿Qué debo hacer para obtener la máxima indemnización?

El primer paso es no dejar pasar el tiempo y poner su caso en manos de un abogado especialista en tráfico para asesorarle sobre la estrategia judicial a seguir en su caso particular llevando con Usted cuantas pruebas, datos y testimonios haya podido recopilar. Contacte con nuestra firma.

5-¿Cómo debo reclamar mi indemnización?

Acudiendo a nuestra firma especialista en accidentes de tráfico. Sabemos cómo asesorarle y cómo tramitar su reclamación de daños y perjuicios.

No firme la aceptación de ninguna indemnización sin antes consultarlo con un abogado. Trabajaremos para conseguir un acuerdo amistoso y, en el caso de que sea necesario, optaremos por la vía judicial, ya sea en un proceso civil, o bien, si hablamos de delito o falta, a través de la vía penal. Consúltenos su caso.

6- ¿Qué significa tener incluida la Defensa Jurídica en su póliza de Seguros?

En el caso de que Usted tenga contratada esta cobertura en su Seguro, tiene derecho a contratar un abogado independiente a la Aseguradora. Su compañía, por tanto, correrá con los gastos ocasionados por la contratación de dicho abogado ajeno a la compañía.

Nuestra firma le recomienda leer bien las coberturas de su Seguro y en el caso de contar con esta, garantizarse la mayor indemnización contratando nuestros servicios que, además de velar solo por sus intereses, estarán cubiertos económicamente. Consulte su póliza de seguro, nuestros servicios jurídicos pueden salirle gratis.

7-¿Cuál es el plazo máximo para presentar una reclamación?

El plazo para presentar una Denuncia penal contra el conductor responsable del accidente es de 6 meses. Usted puede igualmente interponer una Demanda civil contra la Aseguradora en el plazo de un año a computar  desde el día del accidente.

8-¿Qué es el concepto lucro cesante?

Debe saber que puede obtener una indemnización no solo por lesiones o daños, también en concepto de lucro cesante. Es decir, por aquella cantidad que ha dejado de percibir como producto de la actividad laboral que hubiese realizado de no haber sufrido dicho accidente.

En nuestro despacho realizamos un profundo estudio personalizado de su situación antes de solicitar la indemnización. Para ello analizaremos sus circunstancias personales, familiares y laborales.

Contamos con un equipo de profesionales altamente cualificados que reclamarán la máxima indemnización.

9-¿Qué es el daño emergente?

En las reclamaciones derivadas de accidentes de tráfico, el daño emergente se define como como los gastos ocasionados o que puedan ocasionar como consecuencia del siniestro y  a los que el afectado deba hacer frente.

Dichos gastos que tienen por finalidad reparar los daños ocasionados, teniendo estos que estar debidamente justificados. Entre otros: gastos por desplazamientos, manutención, alojamiento, etc.

10-¿Qué clase de daños son indemnizables?

En un accidente de tráfico pueden producirse por un lado, daños en las personas en forma de lesiones, en el peor de los casos, la muerte de las mismas y por otro, desperfectos  en sus bienes materiales. En cualquiera de los supuestos se puede reclamar una indemnización.

Póngase en contacto y empezaremos a trabajar en la forma de conseguir la máxima cuantía.

11-¿Cómo se cumplimenta un parte amistoso de accidente?

Asegurándose de rellenar todos los campos, especialmente los datos de ambos conductores, vehículos, aseguradoras y sus correspondientes números de póliza, especificar los daños que han sufrido los vehículos, hacer un croquis de la situación, tomar nota de los testigos presenciales y firma de ambos conductores.

12-¿Y si el conductor responsable se niega a firmar un parte amistoso, qué debo hacer?

En el caso de que el otro conductor no quiera firmar, o no hay acuerdo sobre  las causas del mismo, llame a la Policía (Policía Municipal,  Guardia Civil, etc…) para que hagan un atestado, documento fundamental para demostrar la responsabilidad del accidente.

13-¿Puedo verme afectado por convenios entre compañías?

Desafortunadamente, los convenios entre compañías de seguros hacen que primen los intereses económicos sobre los derechos e intereses de la víctima del accidente o sus familiares en caso de defunción.

Por ello, nuestra recomendación es que busque los servicios de un abogado independiente para que las indemnizaciones ofertadas no sean a la baja. Nuestros profesionales conseguirán la máxima indemnización al no tener ninguna vinculación con aseguradora alguna.

14.- ¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

Se trata de una entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Entre otras funciones complementa las coberturas en casos extraordinarios: catástrofes naturales, terrorismo, etc.

Asimismo, actúa como un Fondo de Garantía siempre que se cumplan cuando se dan determinadas circunstancias como falta de seguro, insolvencia probada por parte del asegurador etc.

En nuestro despacho verá resuelta cualquier asunto en el que tenga que intervenir dicho Consorcio.

15-¿Los ocupantes de un vehículo no conductores o los peatones tienen derecho a una indemnización?

Cualquier ocupante de un vehículo o peatón tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones que sufra, por todo el tiempo que se vea obligado a estar en tratamiento médico y por las posibles secuelas que le hayan quedado. En el caso del conductor, dependerá de que sea o no  el responsable del accidente.

16-Como pasajero de un transporte público, ¿tengo derecho a una indemnización?

El Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V.) es diferente al Seguro de Responsabilidad Civil del Automóvil, adicional y compatible con este. Se trata de un seguro común para todos los viajeros que cubre el pago de indemnizaciones por las lesiones ocurridas durante el viaje en un transporte público colectivo. Las indemnizaciones se fijan conforme a un baremo de lesiones q agrupadas en catorce categorías diferentes, cada una de las cuales lleva asignando un importe diferente según la intensidad de la lesión. El coste de este seguro se incluye en el precio del billete, por ello es importante conservar siempre el ticket hasta el final del trayecto.

17-¿Qué es una oferta motivada?

Se denomina oferta motivada a la obligatoriedad por parte de la compañía aseguradora de satisfacer la indemnización los daños derivados de un accidente de tráfico.

La aseguradora deberá efectuar el pago del importe mínimo en un plazo de 40 días a partir de la recepción de la declaración del siniestro. El pago debe ser puesto a disposición del asegurado. De no producirse dicho pago, la aseguradora incurrirá en mora con el consiguiente incremento en los intereses a pagar.

En nuestro despacho defenderemos únicamente sus derechos. Tanto si no está conforme con esa oferta que le ofrecen como indemnización, como si sigue esperando una oferta que no llega nunca, contacte con nuestro despacho, lograremos la mayor indemnización. Somos su mejor opción.

18- ¿Cómo debo actuar tras tener un accidente en un transporte público?

En caso de accidente, el pasajero deberá comunicarlo al conductor o al personal de la empresa de transportes y a la aseguradora. Si le es posible, tome cuantos datos pueda, tales como nombre del conductor, datos del vehículo,  testigos, seguros, etc.

Póngase en contacto con uno de nuestros abogados. Le asesoraremos en los pasos a seguir para lograr la mayor indemnización posible.

19- Si el conductor responsable da positivo en las pruebas de alcoholemia, ¿puede su aseguradora negarse a pagar la indemnización por esa causa?

Las compañías no  pueden negar la indemnización a los perjudicados alegando la embriaguez del conductor o el positivo en sustancias del conductor.

20-¿Cómo hacer una reclamación ante un accidente causado por el mal estado del firme o calzada?

La autoridad debe hacer un atestado para dejar constancia del mal estado de la carretera y de la versión de los testigos del accidente. Conserve el Informe médico de la ambulancia y/o del centro médico que nos hayan atendido y donde consten las lesiones sufridas.

Desde nuestro despacho presentaremos la reclamación oportuna a la Administración responsable de esa vía en estado defectuoso, es decir, al  Ayuntamiento,  Diputación,  Ministerio, o  Consejería de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Nuestros abogados realizarán un estudio pormenorizado de su caso ante el Organismo responsable correspondiente,  cuantificaremos la cuantía de la indemnización y lucharemos por el mejor de los resultados.

21-¿Qué es el atestado de accidente de tráfico?

En todo accidente con lesiones, si se producen heridos o fallecidos, existe la obligación de elaborar un documento por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el que recogerán todos los datos y circunstancias relevantes para poder determinar las causas del accidente, incluida la culpa.

22- Si me golpean por detrás en mi automóvil, ¿Puedo ser hallado culpable?

Una colisión trasera es uno de los supuestos más claros y evidentes de delimitación de la culpa. Las normas de Circulación imponen la obligación de guardar una distancia de seguridad de tal manera que al que circula por detrás deba contar con tiempo suficiente como para frenar sin que se produzca impacto alguno. Así pues, la responsabilidad será suya con independencia de la causa del frenazo.

23- Ante un accidente en el que el coche culpable se da a la fuga, ¿qué debo hacer?

En el caso de que el vehículo responsable se dé  a la fuga, es  el consorcio de compensación de seguros quien debe responder ante las posibles indemnizaciones. Nuestros abogados le asesorarán desde el primer momento.

24- ¿Qué son los convenios entre compañías?

Para evitar las situaciones de litigio que se daban antes entre compañías aseguradoras, se llegó en la práctica a los denominados convenios entre compañías, de tal manera que, independientemente de la culpabilidad en el  accidente, cada compañía acostumbra a pagar los daños a sus asegurados. Ello supone  un gran inconveniente para el usuario porque al pagar su propia compañía, ésta intentará que la cantidad a indemnizar sea lo más baja posible, cosa que no se daba cuando le correspondía pagar a la aseguradora contraria.

Si usted es asegurado, y el contrario ha tenido la culpa en el accidente, debe buscar un buen abogado independiente y ajeno a su compañía de seguros. Solo así se  garantizará llegar a un buen acuerdo con el que logre la máxima indemnización.

Si no está conforme con la propuesta de las Aseguradoras, actúe cuanto antes.

Más de 10.000 sentencias nos avalan. Nos dedicamos en exclusividad a lograr la máxima indemnización.

 

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